jueves, 27 de enero de 2011

Notificación de la Sala Cuarta ante Caldera!

From: mlobo <nelamaria@hotmail.com>
Date: January 26, 2011 8:51:10 PM CST
Subject: RV: Exp 11-512/Res 14:15/19-01-11

Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia

 

Se notifica la resolución adjunta a: LOBO CABEZAS MARIANELA

 

*110005120007CO*

 

EXPEDIENTE N° 11-000512-0007-CO

PROCESO: RECURSO DE AMPARO

RECURRENTE GERARDO OVIEDO ESPINOZA Y OTRA

RECURRIDO CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES

 

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.  San José, a las catorce horas y quince minutos del diecinueve de enero del dos mil once.

              Visto el recurso de amparo que se tramita en expediente número 11-000512-0007-CO, interpuesto por GERARDO OVIEDO ESPINOZA, cédula de identidad 0105900475 y MARIANELA LOBO CABEZAS, cédula de identidad 0107560169, en su condición de Alcalde y Presidenta del Concejo Municipal, ambos de la Municipalidad de Santa Ana y en forma personal, contra el CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,  se resuelve: en los términos de los artículos 43, 44 y 45 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, informe el PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, sobre los hechos alegados por los recurrentes,  en resumen: que con la construcción de la carretera a Caldera, se ha modificado la situación de algunas comunidades de Santa Ana y de las calles dentro del cantón, por lo que se ha incrementado la inseguridad de los conductores y peatones que deben cruzar esas calles, que de la noche a la mañana se volvieron muy transitadas por vehículos de carga, automóviles, buses y taxis a grandes velocidades. Señala que la Municipalidad de Santa Ana, en reiteradas ocasiones, ha intentado coordinar, dialogar y negociar con el ministerio recurrido esas situaciones que ponen en riesgo la vida, la integridad y la salud de los pobladores, pese a lo cual el ministerio recurrido omite actuar en procura del bien común y del orden público. Mencionan que por medio del Oficio 0057 DST-OF-042-2010 del 25 de enero de 2010, el Presidente del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Concesiones, del ministerio accionado, se comprometió a realizar una serie de obras en resguardo de la seguridad de los vecinos afectados, pero un año después no se han cumplido a cabalidad por lo que esas omisiones violentan sus derechos fundamentales. Exponen que la inacción acusada, se manifiesta en la falta de paradas de autobuses a la altura de Pozos, en la ausencia de puentes peatonales (Forum I) y semáforos peatonales, la ausencia de barandas, barreras de seguridad y aceras, así como la falta de respuesta a solicitudes de accesos como la de los "oulets",  lo que provoca una flagrante lesión a sus derechos y a los de los vecinos de Santa Ana, por lo que diariamente sus vidas corren riesgo. Dicen que el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria No. 30 del 23 de noviembre de 2010, dispuso que se presentara este recurso de amparo. Señalan que conforme lo dispuesto por el artículo 169 constitucional, como representantes de la Municipalidad de Santa Ana, son los encargados de velar por los intereses del cantón, además, como vecinos del lugar también se ven afectados sus derechos constitucionales con los hechos acusados.   El informe deberá rendirse dentro de los TRES DÍAS HÁBILES siguientes a la notificación de esta resolución, CON REMISIÓN DE LA COPIA CERTIFICADA, DEBIDAMENTE IDENTIFICADA, FOLIADA Y EN ESTRICTO ORDEN CRONOLÓGICO DE LA DOCUMENTACIÓN ASÍ COMO CUALQUIER TIPO DE SOPORTE ELECTRÓNICO, INFORMÁTICO, MAGNÉTICO, ÓPTICO, TELEMÁTICO O PRODUCIDO POR NUEVAS TECNOLOGÍAS, RELACIONADOS ESTRICTAMENTE CON EL OBJETO DE ESTE RECURSO, CUYOS ORIGINALES SIEMPRE SE MANTENDRÁN BAJO CUSTODIA DE LA ADMINISTRACIÓN, ASIMISMO SE DEBERÁ APORTAR EL NÚMERO DE TELÉFONO DONDE PUEDE SER HABIDA LA PARTE RECURRIDA,  bajo la prevención que, conforme a lo dispuesto en los artículos 44 párrafo 2º y 45 de la ley citada, se considerará dado bajo juramento, de manera que cualquier inexactitud o falsedad hará incurrir al informante en las penas del perjurio o del falso testimonio, según la naturaleza de los hechos contenidos en el mismo, y que la omisión en informar causará que se tenga por ciertos los hechos y se pueda declarar con lugar el recurso, para cuyos efectos deberá rendirlo personalmente y no por medio de apoderado.     Se advierte al recurrido que solamente se le notificarán las resoluciones futuras si señala número de fax si lo tuviere o, en su defecto casa u oficina, dentro del perímetro judicial de esta Sala, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales, o, igualmente, el recurrido podrá señalar para dichos efectos una dirección de correo electrónico o cualquier otro medio tecnológico que permita el acto de comunicación, siempre y cuando haya solicitado de previo a ello la acreditación de esos medios para que se realice su notificación (artículos 18, 34 y 39 de la referida Ley de Notificaciones Judiciales).    Notifíquese.   Para la tramitación de este recurso se designa Instructor al Magistrado suplente oficina 807, a quien por turno corresponde.- 

 

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Ana Virginia Calzada Miranda


miércoles, 12 de enero de 2011

APERTURA DEL PEAJE DE CIUDAD COLON A PARTIR DEL 2 DE FEBRERO !!!!!

Estimados compañeros del sector oeste:

 

Ante todo saludarlos y ponerlos al tanto de lo nuevo que quiere imponer Autopistas del Sol a nuestra comunidad.

 

El día 8 de enero del presente año, se publicó en el diario Extra (ver en  http://wwwdiarioextra.com/2011/enero/08/nacionales03.php  ), la noticia que Autopista del Sol comenzará a cobrar en febrero el peaje de Brasil de Mora (peaje de Santa Ana), eso significa desembolsar según lo que se tenía estipulado para un vehículo particular 180 colones de ida y 180 colones de regreso, osea 103,680 colones al año si un vehículo pequeño pasa por allí de lunes a sábado una vez por día "ida y vuelta" de lunes a sábado, esto sin calcular el costo de vida que se vendría con los aumentos de pasajes en bus, taxis, y ruteros que entregan mercaderías en Ciudad Colón y Santa Ana, que ya de por sí estamos pagando una canasta básica muy cara por el peaje que se encuentra en Escazú.

 

Ante esta situación el día de ayer, un grupo de vecinos fuimos a la municipalidad de Santa Ana, a solicitar que no habiliten el permiso de funcionalidad de este peaje. El alcalde de dicho cantón se comprometió a mantener esa posición de nosotros, y de no habilitar el permiso de funcionalidad del peaje. Sin embargo nos dijo que un pronunciamiento del contencioso administrativo, permite que los proyectos de concesión de obra pública tengan el visto bueno sin que las municipalidades interfieran en los mismos, situación que nos pone cuesta arriba la no habilitación de ese peaje, porque Autopistas del Sol puede ampararse en ese recurso que les permite esa resolución, poniendo a las municipalidades atadas de manos porque pierden su autoridad y soberanía para gobernar localmente.

 

Por la amenaza que se nos viene con el peaje, el concejo municipal de Santa Ana, vecinos de Santa Ana, y Ciudad Colón acordamos lo siguiente el día de ayer:

 

1.       No habilitar ningún permiso, y en su defecto presentar un recurso de amparo ante la sala constitucional por el concejo municipal de Santa Ana, para que Autopistas del Sol NO inicie el cobro del peaje el cual estará programado a partir del 2 de febrero.

2.       Solicitar la ayuda inmediata de esta posición a las municipalidades de Mora, Tabarcia, y Puriscal; con la intención que se proceda a realizar un comunicado por escrito de los tres concejos municipales, dónde se deje en claro la negativa en la apertura del peaje de Brasil de Mora, se le exija a Autopista del Sol la creación de nuevos puentes peatonales en la zona del peaje (el cual ya cobro una vida por no existir ninguno), y el desmantelamiento inmediato de las casetas de cobro que se encuentran en esa zona.

3.       Para el propósito del punto dos, se estará convocando a los alcaldes y concejos municipales el día jueves 20 de enero a las 7 pm, en la casa de la cultura de Santa Ana.

4.       Se acordó invitar al ministro de obras públicas y transportes a esa reunión, para que sea de su conocimiento la oposición rotunda de la apertura de este peaje por las 3 municipalidades respectivas, ya que cuenta con el apoyo de los ciudadanos de Santa Ana y Ciudad Colón. No dudamos que otras comunidades del sector de Mora, Tabarcia, y Puriscal se estarán sumando a esta iniciativa.

5.       Convocar a todos los sectores de la prensa escrita y televisiva para el mismo jueves 20 de enero, y hacer del dominio público la oposición rotunda a la apertura de ese peaje en Brasil de Mora, como otras solicitudes tales como el desmantelamiento de las casetas, y la creación de nuevos puentes peatonales en la zona.

 

Con el propósito de llevar este comunicado a la mayor cantidad de gente, estamos solicitando su ayuda para que extiendan la información a sus comunidades y participar de las siguientes reuniones:

 

PRIMERO: Invitar al público en general a que asista a la reunión del concejo municipal de Mora, para el día lunes 17 de enero a las 6pm en la casa de la cultura, con la finalidad de expresar nuestra preocupación ante la amenaza de Autopista del Sol de querer iniciar los cobros de peaje en la zona antes mencionada. Igualmente solicitarles a ellos que asistan a la reunión del 20 de enero en Santa Ana.

 

SEGUNDO: Invitar al público en general a que asista a la reunión del concejo municipal de Santa Ana, para el día jueves 20 de enero a las 7pm en la casa de la cultura de Santa Ana, con la intención de hacerle ver a la opinión pública, prensa escrita, y televisiva; que los ciudadanos del sector oeste se solidarizan con las gestiones de sus respectivas municipalidades en contra de Autopista del Sol, por el cobro indiscriminado e injusto que nos quieren aplicar a los ciudadanos.

 

Finalmente darles las gracias por su colaboración en todo lo que puedan aportar.

 

Atentamente:

 

Dr. Carlos Rodríguez Flores.